Permisos para votar o escapadas del trabajo

Publicat el 20 de desembre de 2017 a les 20:29
La legislación laboral ampara el derecho del trabajador a participar en una jornada electoral si esta coincide con un día laborable. La normativa es clara, pero lo más probable es que los electores alternen hoy permisos reglados con escapadas del trabajo sin mas.

Los permisos se regulan en función del tiempo de la jornada laboral que coincida con el horario de la votación. El trabajador podrá disponer de hasta un máximo de 4 horas para acudir a las urnas, sin que ello implique rebaja alguna en el salario. Los sindicatos recomiendan pedir un justificante en la mesa electoral.

Los empleados con derecho a 4 horas de permiso para ir a votar son aquellos cuya jornada laboral coincida con la jornada electoral durante 6 horas o más.

En el caso de que el tiempo de trabajo coincida con el de votación entre 4 y 6 horas el permiso retribuido será de 3 horas.

Si finalmente la coincidiencia oscila entre las 2 horas y las cuatro, el trabajador podrá ausentarse durante dos horas de su puesto para ir a votar.

Por lo que respecta a presidentes y vocales de mesa, en su caso tienen una jornada laboral retribuida y el día de la votación es laborable. Además, tienen derecho a una reducción de cinco horas el día siguiente.

Los apoderados de los partidos, el permiso coincidirá con la jornada electoral.