Sí, lo hicieron. La Justicia considera probado que dos individuos quisieron robar una furgoneta y que los pillaron unos policías y la víctima cuando intentaban meter en un camión el vehículo sustraído. Pero han sido absueltos porque no se probó el valor de la furgoneta.
Pasó en la calle de Júpiter el 26 de diciembre del 2013. Una sentencia, del juzgado de lo penal número 1 de Terrassa, condenó a los procesados a cuatro meses de prisión por un delito de hurto en grado de tentativa, pero las defensas presentaron recursos y la Audiencia Provincial les ha dado la razón.
La nueva resolución, absolutoria, se fundamenta en que no se tasó la furgoneta. La víctima la había comprado hacía poco por 1.200 euros, pero el tribunal asegura que de ese precio no se deduce "el valor objetivo y real" del vehículo. Es un precio "de mercado", fruto de un contrato, "y puede suceder que el valor real de la furgoneta sea muy inferior", como pasa cuando algo se vende con algún desperfecto.
No puede presuponerse que la furgoneta estuviese valorada en más de cuatrocientos euros, por lo que los acusados pudieron cometer una falta (los cuatrocientos marcaban la diferencia entre falta y delito). Y si cometieron una falta, ésta habría prescrito: el proceso judicial estuvo paralizado más de seis meses. La primera sentencia, pues, queda revocada.
ARA A PORTADA

- Javier Llamas
- Redactor al Diari de Terrassa
Publicat el 10 d’abril de 2017 a les 21:37
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