No parece razonable, según subraya la sentencia, que el acusado "se sacara el pene del bañador e hiciera que la menor se lo tocara en mitad de la piscina habiendo otras personas presentes". Menos razonable parece "que le introdujera, ya fuera de la piscina, pero a la vista de las personas presentes, la mano bajo el biquini y le frotara los genitales". En cuanto al episodio del lavabo, el tribunal dice que la colocación de las calcomanías (ocho a cada menor; el acusado también se puso algunas) debió de llevar cierto tiempo al procesado. Eso, unido al hecho de que la puerta del cuarto de baño estuvo todo el tiempo abierta, convierte en poco posible que el hombre se extrajese el pene para que la menor lo masturbara, "tocando además los genitales de la niña". El Ministerio Fiscal había solicitado que el encausado pagase a la niña una indemnización de tres mil euros. La acusación particular elevó la cantidad a veinte mil.
ARA A PORTADA
Publicat el 11 de setembre de 2015 a les 22:22
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