Tras la entrada en vigor de la Directiva 2006/73/CE, de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID), las entidades del sector deben proporcionar a sus clientes o potenciales clientes, información comprensible sobre los instrumentos financieros ofrecidos, según remarca la firma Renta 4.
Esta información ha de ser suficiente y adecuada, de tal forma que los clientes o potenciales clientes, en su caso, puedan adoptar sus decisiones de inversión. La adquisición de un instrumento financiero, ya sea con un objetivo de inversión, cobertura o especulación, conlleva riesgos financieros que deben ser valorados por los clientes antes de su contratación.
En consecuencia, las entidades del sector deben ofrecer a sus clientes, como receptores y transmisores de órdenes, toda la información necesaria antes de cualquier operación. Han de brindarles la posibilidad de comprar, vender, canjear y amortizar distintos instrumentos financieros negociados en mercados organizados, añade Renta 4. w
ARA A PORTADA
Publicat el
13 de març de 2016 a
les 21:31
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