Tal fue el golpe que una asestó a otra con aquella arma improvisada, que la víctima empezó a sangrar en abundancia. Le pusieron puntos para suturar la brecha que le abrió la agresora en la cabeza con un zapato de tacón. Le quedó una cicatriz de dos centímetros. La procesada por el ataque ha sido condenada a cuatro meses y quince días de prisión por un delito de lesiones cometido en una madrugada de fiesta en Parc Vallès.
Eran las cuatro de la madrugada del 24 de julio del 2011. Dos grupos de chicas habían mantenido cierto rifirrafe dialéctico en el interior de una discoteca del complejo de ocio de Santa Margarida. Una vez fuera, dos de las chicas esperaban la llegada de dos amigas. Por allí andaban también otras cuatro mujeres, con las que se habían enzarzado en la discusión dentro del local. Una de las que llegaron se aprestó a la represalia contundente.
Agarró uno de sus zapatos de tacón, lo enarboló. Con calzado en ristre, se abalanzó sobre una de las jóvenes. Y con el zapato le propinó un golpe en la testa. La agredida empezó a sangrar y la tensión se desmadró en una pelea. Los dos grupos de chicas llegaron a las manos. Y a los bolsos, pues, al parecer, también llovieron golpes propinados con algún bolso que otro.
La víctima recibió atención sanitaria. El informe médico recogido por las sentencias hablaba de lesiones consistentes en "herida inciso contusa en cuero cabelludo que precisó de puntos de sutura y tardó diez días en curar". Y que dejó como secuela una cicatriz de dos centímetros en cuero cabelludo.
Confirmación
El hecho llegó a los tribunales y el juzgado de lo penal número 3 de Terrassa impuso a la acusada una pena de cuatro meses y quince días de prisión por un delito de lesiones. La mujer recurrió la resolución ante la Audiencia Provincial, alegando que el primer juzgador había incurrido en error al valorar la prueba, pero el tribunal no ha hecho sino confirmar la primera sentencia. La argumentación sustentada en el material probatorio fue evaluada correctamente. Había multitud de testigos. Después de escucharlos, y de escuchar a la acusada, y de conocer las explicaciones del médico forense, el juzgado de primera instancia llegó a la conclusión a la que llegó: fallo condenatorio. La propia víctima señaló a la acusada como autora de la agresión ante los agentes de policía que se presentaron en la zona al saber de la trifulca.
Los agentes lo corroboraron. La posibilidad de que la lesión la ocasionase un impacto con un bolso queda descartada por el tribunal. Resulta que unos golpes con ese objeto "no son susceptibles de causar una herida" de las características de la sufrida por la víctima en aquella noche de fiesta y riña.
ARA A PORTADA
- Javier Llamas
- Redactor al Diari de Terrassa
Publicat el
30 d’abril de 2018 a
les 19:51
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